LOS BEBES SE INSCRIBEN EN EL REGISTRO CIVIL DESDE EL HOSPITAL
La administración elimina uno de los trámites más difíciles para los padres primerizos: inscribir a su hij@ en el Registro Civil. En el caso de las parejas sin matrimonio el trámite se basaba en que el padre reconociera al bebé como suyo, ya que la madre esta claro quién es.
Desde mañana, 15 octubre de 2015, los padres ya no tendrán
que acudir al Registro Civil a inscribir a sus hijos recién nacidos, sino que será el propio hospital donde se produzca el
parto el que remitirá la certificación del nacimiento.
Así lo indica una parte de la
Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil,
que entra en vigor mañana jueves día 15 de octubre de 2015. La norma fija que
los datos de los bebés recién nacidos se remitan a través de vía electrónica desde los centros médicos.
La
dirección de los hospitales comunicará los nacimientos al Registro Civil que corresponda en 72 horas.
El personal sanitario tendrá la responsabilidad de
identificar al recién nacido y comprobar su filiación materna. Además, en los
hospitales se tomarán las huellas plantares del bebé y las dactilares de la
madre. La realización de estas pruebas tendrá que constar en la inscripción y
acompañará al formulario oficial
El sistema se empleará también para las defunciones, en las
que también se enviará electrónicamente la comunicación de fallecimiento. La
nueva norma plasmará, además, el acuerdo alcanzado entre los partidos tras la
renuncia del Ministerio de Justicia a dejar la gestión del Registro Civil en
manos de los registradores mercantiles y de la propiedad.
Si desea acceder a la noticia completa puede consultarla aqui.
Noticia publicada en el Boletín Electrónico nº 168 de octubre de 2015 del Consejo General de Graduados Sociales de España.
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